Leyes
biológicas, psicológicas y sociales
Toda reglamentación, creada o descubierta y aun la que ignoramos, nos ubica en
un punto en el espacio definido por las dimensiones biológica, psicológica y social de
nuestra naturaleza humana. La aplicación de toda normatividad, así mismo, nos desplaza
en una, dos o las tres perspectivas de nuestra naturaleza.
Las leyes naturales
Conocidas o no, tienen un efecto nulo o total, según se les analice, sobre nuestra
condición de entidades sujetas a un proceso evolutivo continuo; por tanto, el
desplazamiento en el espacio biopsicosocial (biológico, psicológico y social) humano que
se genera es una línea que va desde las peores condiciones biológicas, psicológicas o
sociales hasta las condiciones óptimas en estos aspectos. Esto significa que no contamos
con ningún recurso para modificar su efecto absoluto sobre nosotros o sobre nuestro
entorno. Sin embargo, el hecho de conocerlas, observar sus efectos o inferirlas sí
conlleva modificaciones en nuestra ubicación espacial, sobre todo en las dimensiones
psicológica y social. Estos cambios psicológicos y sociales obligan un desplazamiento
extra en la dimensión biológica, diferente y a veces a un movimiento opuesto a aquél
que resulta de la acción directa del hecho natural sobre nuestra condición biológica.
Una vez superado el periodo de adaptación a la conciencia de que estamos sujetos a una
ley natural que desconocíamos, volvemos a ubicarnos sobre la recta generada por las leyes
naturales, en condiciones biológicas, psicológicas y sociales adaptadas. Una
ley natural es aquella que es aplicable a cualquier entidad material o
energética, orgánica o inorgánica, viva o no viva; por ejemplo, la lógica, las
matemáticas, la ley de la gravedad, las leyes de la termodinámica, la teoría de la
relatividad, la teoría del caos, los principios de selección evolutiva, la física
atómica, etcétera. Para los efectos de este análisis una ley natural no representa
ningún parámetro de movimiento, en todo caso, será el espacio en que se ubicarán las
variables biológica, psicológica y social.
Las leyes biológicas
Tienden a mantener estable la energía vital de los organismos que, sujetos a las leyes
naturales han conjuntado la complejidad necesaria para que la vida sea uno de los
elementos esenciales de su naturaleza. Un desplazamiento inicial en la dimensión
biológica siempre es congruente con las leyes naturales. Como se verá más delante, un
desplazamiento en esta dimensión (la biológica), como producto de aplicación de leyes
psicológicas o sociales, no siempre tiene esta correspondencia con las leyes naturales.
Como resultado de las leyes de la biología tenemos los procesos digestivos y
reproductivos, presentes en todas las entidades biológicas. Al través de la gama de
organismos vivos que conocemos y obedeciendo a las exigencias de niveles cada vez más
elevados de estructuración y adaptación al medio ambiente, aparecen procesos como la
respiración, la circulación interna de fluidos, la simbiosis, la reproducción sexual,
la consciencia del peligro, la migración, la comunicación, la existencia de comunidades
de individuos de la misma especie, la construcción de lugares seguros para vivir, la
protección de las crías, etcétera. La consciencia es el resultado de niveles todavía
más elevados de complejidad estructural y de adaptación de los organismos. Retomaré
este punto posteriormente.
Las leyes psicológicas
Tienden a mantener estable la relación individuo-medio ambiente. La psicología,
básicamente, supone un proceso de adaptación tanto a los cambios en el medio ambiente
que son independientes del individuo como a los cambios que el individuo induce sobre el
entorno.
Existen diversos niveles de adaptación al medio; la adaptación biológica, que en
principio implica la creación o eliminación de órganos o funciones fisiológicas y la
creación o eliminación de conductas instintivas. Este tipo de adaptación o la
aplicación de las leyes biológicas se debe considerar desde el punto de vista del
desarrollo de las especies como tales o del desarrollo de todos los seres vivos en su
conjunto.
A diferencia de éstas, las leyes de la psicología son de aplicación individual o de
grupo pero siempre, su periodo de aplicación será ostensiblemente menos prolongado: la
vida de un individuo o la vida de un grupo desde su formación hasta el logro de los
objetivos para el que fue creado. Las leyes psicológicas, por tanto, implican la
creación o eliminación de conductas o patrones conductuales útiles para la interacción
del individuo con su medio ambiente. Esta creación o eliminación de conductas o patrones
conductuales siempre respetará el principio de la constante de energía vital puesto que
solo son niveles superiores de adaptación biológica, aunque cualitativamente diferentes.
La acción de una ley psicológica producirá un desplazamiento en las coordenadas
psicológicas congruente con un desplazamiento en las coordenadas biológicas.
Las leyes sociales
Tienden a mantener estables la relación individuo-grupo y la relación grupo-grupo. Los
organismos más complejos tienden a realizar actividades en grupo. Tales actividades
necesariamente están dirigidas hacia el logro de un objetivo común a todos los
individuos que integran el grupo. El objetivo puede o no ser biológicamente congruente y
puede o no ser psicológicamente congruente. Cuando el objetivo social es biológica y
psicológicamente congruente el proceso social contribuye al mantenimiento de la
estabilidad evolutiva de las dimensiones biológica y psicológica de la especie humana.
Cuando el objetivo social es el resultado de procesos puramente sociales es altamente
probable que las leyes que regulan las actividades tendientes al logro de dicho objetivo
difieran o incluso se opongan tanto a las leyes biológicas como a las leyes psicológicas
que, de acuerdo con el proceso evolutivo del hombre y las demás especies, están
vigentes. Esta relación de incongruencia entre las leyes sociales y las leyes biológicas
y las psicológicas puede representar y generar lo siguiente:
a) pérdidas de energía vital que inciden directamente sobre órganos o
funciones fisiológicas o
b) ganancias de energía vital que no tiene órgano o función
fisiológica en los cuales ubicarse y;
c) también genera desajustes en la relación de adaptación
individuo-medio ambiente.
Los planos de aplicación de las leyes
Debido a que en la existencia o aplicación tanto de las leyes biológicas como de las
psicológicas no interviene el intelecto humano, los desplazamientos en las dimensiones
biológica y psicológica se considerarán como variables que es posible controlar pero no
manipular directamente. El control y los efectos sobre las mismas que se analizarán
serán los que resultan de la aplicación de las leyes sociales; por tanto, el plano
biológico-psicológico no será punto de partida en esta exposición. Los planos
generados por la aplicación de las leyes sociales son el biológico-social y el
psicológico-social.
Con la finalidad de esquematizar las explicaciones siguientes diremos que:
a) la energía vital aumenta con +B
b) la energía vital disminuye con B
c) el nivel de adaptación del individuo a su medio ambiente aumenta con
+P
d) el nivel de adaptación del individuo a su medio ambiente disminuye
con P
e) una ley social adquiere vigencia con +S
f) una ley social deja de tener vigencia con -S.
g) Las leyes sociales a que se hará referencia con S son aquellas que
tienen como característica la coercitividad, es decir que se cumplen o se hacen cumplir,
mediante los organismos sociales para ello creados, aun en contra de la voluntad del
individuo.
El plano biológico-social.
El desplazamiento en las variables biológica y social, el primero como resultado del
segundo, presenta cuatro combinaciones posibles: (+B,+S), (+B,-S), (-B,+S), (-B,-S).
Toda ley social (-S, +S) que tenga como resultado un incremento de la energía vital +B o
evite o termine con una pérdida de la misma, es una ley justa. Toda ley social (-S, +S)
que tenga como resultado un decremento de la energía vital -B es injusta.
Ahora, ya que se trata del aspecto biológico-social, la justicia que se trata en este
punto es elemental. De ninguna manera se hará una evaluación de la justicia en ámbitos
más allá del biológico.
Las leyes justas. Son aquellas que por el hecho de entrar en vigencia dentro de un grupo
social determinado inducen a una ganancia de energía vital en los individuos que componen
el grupo social. El dejar de aplicar una ley social, también puede generar una ganancia
de energía vital, en este caso lo que hace justicia no es la ley social, sino
precisamente, su desaparición. La ganancia de energía vital puede ser directa o
indirecta.
Las leyes injustas. Son aquellas que por el hecho de entrar en vigencia dentro de un grupo
social determinado inducen a una pérdida de energía vital en los individuos que componen
el grupo social. El dejar de aplicar una ley social, también puede generar una pérdida
de energía vital, en este caso lo que hace injusticia no es la ley social que se
aplicaba, sino precisamente, su desaparición. La pérdida de energía vital puede
ser directa o indirecta.
Ganancia o pérdida directa es aquella cuyos efectos inciden orgánica o funcionalmente
sobre el individuo. Ganancia o pérdida indirecta es aquella cuyos efectos inciden
materialmente sobre los recursos (insumos biológicos) que el individuo requiere para
incrementar su energía vital o mantenerla en un estado de equilibrio. (Fulano dice que,
en biología, el equilibrio significa la muerte. Al respecto mantengo mi acuerdo con este
razonamiento, sin embargo, la utilización del término equilibrio deberá
entenderse en el contexto de esta exposición como estructuración y funcionamiento
saludables.)
La diferencia entre una ley justa y una ley injusta, por tanto, es el hecho de que las
primeras inducen a una ganancia de energía vital y las segundas a una pérdida de la
misma. En ciertas ocasiones tendremos que entender ganancia como mantenimiento de la
energía vital existente.
= = = = = * = =
= = =
En ocasión posterior
trataremos del plano psicológico social de las leyes y del aspecto puramente social de
las mismas, además de consideraciones sobre su justicia o injusticia.
13 Mayo 2004
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